En sesión de pleno, el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) rechazó la impugnación del Partido Querétaro Independiente para no acreditar la candidatura de Adolfo Ríos por supuestamente no cumplir con los tres años mínimos de residencia en el municipio de Querétaro, ya que se alegaba que el domicilio de su credencial de lector se encontraba en el municipio de El Marqués.
Durante su exposición sobre el caso, el magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera señaló que el candidato de la coalición Juntos Haremos Historia cumplió con todos los requisitos para que le fuera emitida su residencia.
Así mismo, señaló que en 2007 hubo una actualización cartográfica en terrenos ubicados en los límites entre Querétaro y El Marqués, lo que provocó que la calle donde residía Adolfo pasará de formar parte de la capital al municipio marquesino.
Dentro de la misma exposición recordó la jurisprudencia en el caso de la jefa delegacional de Miguel Hidalgo Xóchitl Gálvez, cuya credencial de lector tiene domicilio en el Estado de Hidalgo pero se pudo acreditar su residencia en la Ciudad de México.
Una vez expuesto a la razones se realizó la votación de los ministros quienes de manera unánime respaldaron el proyecto de candidatura Adolfo Ríos García