Registra Cofepris 615 solicitudes para uso recreativo de la marihuana

El titular de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Julián Sánchez y Tepoz, informó que hasta el momento han recibido 615 solicitudes para el uso recreativo de la marihuana, de las cuales, han sido aprobadas 10 y negadas, 200.

“A una de las personas que se le otorgaron los permisos de uso lúdico por orden judicial, se incorporó por orden de la corte el tema de la importación de semilla y la regla que se incorporó dentro del permiso, es que la semilla se podría importar de un país, que su comercialización sea de un país que se pudiera importar de manera legal. Resaltando que es personal e individual”.

Así mismo, dio a conocer que los lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de ésta, así como la comercialización de semillas, se encuentran publicados en la página oficial de la dependencia.

“Después de que la Secretaría de Salud presentó un proyecto de reglamento, se discutió en la Comisión Nacional de Mejoras Regulatorias. Hace un mes, la Consejería Jurídica determinó que no corresponde a la facultad reglamentaria la definición de estas normas y reglas, en materia de cannabis, y dio a la Secretaría de Salud, y a la Cofepris, la instrucción de que se emitieran reglas y normas que armonizaran estos usos de la cannabis: investigación, médicos e industriales”.

En relación al uso recreativo de la misma, Sánchez y Tepoz indicó que la Cofepris no puede negar éste, sí la autorización proviene de una orden judicial.

“El avance que tuvieron los diversos grupos y personas que presentaron amparos en contra de la negativa de la Cofepris (del uso lúdico de la marihuana), crearon jurisprudencia, lo que significa que la Cofepris no podría negar el uso, siembra, cultivo y cosecha para fines lúdicos y personales, si la instrucción proviene de una orden judicial”.

Por otro lado, aseveró que la dependencia “sigue teniendo como referencia legal jurídica para emitir permisos de cannabis, la legislación actual, la cual no permite el uso lúdico de la marihuana. Por eso, a pesar de la determinación de jurisprudencia de la corte, ésta legalmente no es obligatoria para los órganos administrativos como la Cofepris. De tal manera que no podemos sustentar una decisión dentro del ámbito administrativo de es jurisprudencia, por tanto, tendríamos que negar las solicitudes para que después el interesado acudiera a los tribunales, en los tribunales resolverán que la Cofepris tiene que otorgar el permiso y por orden judicial, nosotros hacerlo”.

 

 

Foto: Google.

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