Foto: Ilustrativa

Presentan iniciativa para que entrega de fraccionamientos no deba tardar más de 6 meses

Por: Leticia Hernández.

 

Como un compromiso de campaña, los diputados Agustín Dorantes Lambarrí, Antonio Zapata y Beatriz Marmolejo, del Partido de Acción Nacional (PAN), el día de hoy presentaron una iniciativa para reformar el Código Urbano, para reducir los tiempos de entrega de los fraccionamientos a municipio, y evitar que la falta de esto deje sin servicios a la población; así como también establecer como requisito que los nuevos desarrollos inmobiliarios cuenten con paneles solares y áreas deportivas, de recreo, pasos peatonales y ciclopistas.

La propuesta de los diputados panistas es reformar los artículos 9, 163, 209, 134,145, 205, 210Bis, 528, 532 Bis y 204, todos del Código Urbano del Estado de Querétaro; para que de esta manera, el desarrollador tenga un plazo de 6 meses para la entrega a municipio y no como es actualmente, de 2 años.

Así también, se comprometerá al desarrollador a una garantía del 20 por ciento del presupuesto total del desarrollo, para que en el caso de incumplir con alguna de las obligaciones de la entrega, el municipio pueda asumir la operación y prestación de obras, y servicios.

Por su parte, el diputado Agustín Dorantes, mencionó que la iniciativa también contempla una inhabilitación de los desarrolladores, de entre 6 meses y 5 años, en caso de incumplir más de 2 ocasiones, en un lapso de 2 años.

De igual forma, dentro de esta misma iniciativa se pretende crear un padrón de desarrolladores, para la evaluación de su desempeño y sanciones a las que han sido acreedores, para que la población pueda consultarla antes de compran una casa.

El diputado Antonio Zapata recalcó la importancia de mejorar la calidad de vida de la población y por ello, es que se busca que las casas nuevas cuenten con paneles y calentadores solares; además de ofrecer canchas, áreas peatonales, áreas de recreo y ciclopistas, dependiendo la densidad de población.

“Si bien, esta reforma impondría una carga a los desarrolladores, la misma no es excesiva, en especial si se confronta con el beneficio social y con el hecho de que la garantía se cancelaría, en el momento en que acrediten que han cumplido con el Código; es decir, es una carga que asegura el cumplimento de la ley y no, una arbitraria y sin objetivo”; aclaró Agustín Dorantes.

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