Solo una persona puede presenciar entierro de fallecidos de COVID-19

Por: Staff AlertaQro.

Foto: Archivo.

 

En la actualización del protocolo para la disposición de cadáveres de pacientes que fallecieron por COVID-19, la Secretaría de Salud del Estado aclaró que si los familiares deciden que el cuerpo sea enterrado, solo una persona puede acudir al panteón para verificar la disposición del cuerpo.

Puntualizaron que están prohibidas las caravanas fúnebres o celebraciones funerarias, acompañamiento de familiares o personas allegadas a los panteones municipales, aunque permanezcan afuera; así como la prohibición en funerarias y domicilios particulares.

“Únicamente podrá ingresar al panteón donde se realizará la inhumación, el personal funerario autorizado, el personal de los Servicios Públicos Municipales y un familiar, o persona autorizada, quien verificará”.

Otras de las disposiciones que realizaron, es que la primera opción sea incinerar a los fallecidos por esta enfermedad y en caso que las familias decidan enterrarlos, deben ser dispuestos en panteones del municipio en que residieron.

“En caso de que los deudos pretendan llevar a cabo la inhumación del cadáver en un municipio distinto al de su últimos domicilio habitual, el oficial de Registro Civil pondrá a su disposición del interesado el permiso de traslado”.

Igualmente, estipularon que los deudos deben confirmar que hay espacio disponible en el panteón municipal para el entierro, con la finalidad de evitar que se prolongue el tiempo de manipulación del cadáver y retrasos en la inhumación.

El acuerdo también subraya que, en todo el proceso del entierro, el féretro debe permanecer sellado.

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