
- Por: Jonatan N. Parra
El reparto de utilidades, también conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho que tienen los empleados para recibir parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón en el ejercicio de sus actividades laborales o en los servicios que ofrecen en el mercado. Aquí te diremos cómo funciona este derecho y lo que tienes que saber en 2025.
Todas las personas que tengan un contrato indeterminado tienen derecho a participar en el reparto de utilidades; mientras que quienes laboraron de forma eventual, deben cumplir al menos 60 días de trabajo.
Mario Eric Anaya, presidente de la Asociación de Fiscalistas del estado de Querétaro (AFEQ), explicó que algunas empresas pueden quedar exentas de realizar la aportación. Por ejemplo, las de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento; empresas que tienen ingresos mínimos a 300 mil pesos; instituciones públicas descentralizadas; así como organizaciones sin ánimos de lucro.
- ¿Cuánto deben recibir de utilidades los trabajadores?
La Comisión Nacional para el Reparto de Utilidades (CNPU) ha establecido, desde hace algunos años, que los trabajadores deben recibir el 10% de las utilidades netas de las personas físicas y morales. La cantidad repartible se divide en dos partes: el 50% se distribuye en función de los días laborados, mientras que el otro 50% se reparte según el salario percibido.
Para el 2025 se estableció una fecha límite al 30 de mayo para las personas morales y a más tardar el 29 de junio para las personas físicas. Aunque las personas empleadas tienen hasta un año para reclamar sus utilidades.
¿Qué pasa si una empresa se niega a entregar utilidades?
El presidente de la AFEQ señaló que ha sido una práctica recurrente que las empresas, sobre todo en el sector empresarial, justifiquen gastos en material o la inversión en áreas para extender fábricas, así como otras acciones, para evitar otorgar a los trabajadores las utilidades correspondientes.
Sin embargo, es un deber de los patrones presentar ante las comisiones mixtas una copia de la carátula de la declaración anual de impuestos que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Dependiendo el régimen fiscal se pueden aprobar algunos gastos de reducción.
«Pero generalmente no es posible que, con una compra nueva de maquinaria, se absorba toda la utilidad de la empresa y no reparan utilidades. Si hemos comprado una máquina de 10 millones, pues solamente puedo mandar contra la utilidad 1 millón, pero no los 10» apuntó.
Mencionó que los trabajadores pueden realizar un documento de objeción para que el SAT haga una revisión y conocer si los movimientos son validados o una forma de manipulación. Estas empresas pueden enfrentar multas que oscilan entre los 5 mil 650 pesos hasta 565 mil 700 pesos, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
En Querétaro se han registrado casos en los que trabajadores presentan quejas en la Secretaría del Trabajo o la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet); aunque la mayoría de las ocasiones los patrones han acatado las denuncias.