Legisladores aprueban “Ley Kuri” para sancionar grooming con hasta 6 años de prisión.
- Por: Jonatan N. Parra
Los diputados de la LXI Legislatura de Querétaro aprobaron por unanimidad de votos la ley para la protección de niñas, niños y adolescentes en el ámbito digital, denominada «Ley Kuri».
En la sesión de pleno los integrantes del grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) pidieron acompañar la propuesta enviada por el gobernador del estado Mauricio Kuri González.
La reforma al Código Penal para el Estado de Querétaro busca proteger a las infancias y adolescencias dentro de las plataformas digitales. En el artículo segundo de esta iniciativa se adicionan los artículos 167 sextis y 167 octis.
El primero establece que cualquier persona que por medio de internet contacte a un menor de 18 años y proponga concertar un encuentro con fines sexuales o le solicite favores de naturaleza sexual será castigado con pena de prisión de 3 a 6 años, así como multas que van de 113 mil a 226 mil pesos.
Mientras que el artículo determina que las personas que realicen actos dirigidos a obtener material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas a niñas, niños o adolescentes serán castigadas con las mismas penas y multas.
Pese a que dicha reforma pasó por unanimidad, la diputada del Partido del Trabajo señaló que está a favor de proteger a los menores, pero la iniciativa no incluye sanciones para las plataformas digitales; mientras que Arturo Maximiliano presentó reserva para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones para darle más fuerza.


