¿Tu vuelo canceló o retrasó? Estas son las compensaciones a las que tienes derecho

 

  • Por: Jonatan N. Parra

La temporada de vacaciones de verano 2025 ha comenzado en algunos estados de la República, por lo que muchas familias planean salir de viaje. Ante la saturación en los aeropuertos es posible que algunos vuelos se retrasen o incluso se cancelen, por ello es necesario conocer los derechos al viajar en avión.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señala que las personas que se trasladan por vía aérea tienen derecho a compensaciones en caso de retrasos o cancelaciones de vuelos, esto acorde a la Ley de Aviación Civil.

Señalan que las causas o razones del retraso o demora del vuelo deben ser informadas por medios electrónicos o módulos de atención al pasajero. Si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea, ésta debe compensar al pasajero, de acuerdo con retrasos de 1 a 4 horas; superiores a 4 horas; y cancelaciones.

  • Retraso mayor a 1 hora, pero inferior a 4: descuentos posteriores hacia el mismo destino o alimentos y bebidas.
  • Retraso mayor a 2 horas, pero inferior a 4: un descuento no menor al 7.5% del precio del boleto.

En retrasos mayores a 4 horas o cancelaciones el viajero puede elegir entre:

  • Reembolso del boleto o de la parte no realizada del viaje más una indemnización no menor al 25% del precio pagado, incluida la TUA.
  • Transporte en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte desde y hacia el aeropuerto.
  • Otro vuelo en fecha posterior al mismo destino.

Cabe señalar que la Profeco indica que existen obligaciones como pasajero y las compensaciones varían de acuerdo a las aerolíneas.

Escribe un comentario!

comentarios

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que estás de acuerdo con esto, pero puedes optar por no hacerlo si lo deseas. AceptarLeer mas..