Conoce cuáles acciones al volante pueden ser motivo de multa en Querétaro

  • Jonathan Parra

Aunque miles de vehículos circulan diariamente en el municipio de Querétaro, muchos conductores desconocen las disposiciones básicas del Reglamento para la Movilidad y el Tránsito. Tal es el caso de las vueltas continuas, que están prohibidas desde 2022.

La vuelta continua a la derecha y a la izquierda, está prohibida, excepto cuando exista un señalamiento que expresamente lo permita, dice el reglamento.

Esta práctica se permitía con anterioridad bajo la consigna de «con precaución», pero aunque en la mayoría de cruceros existen señalamientos, estos son ignorados por los automovilistas.

Esta no es la única disposición que suele pasar desapercibida. Entre las obligaciones y prohibiciones se encuentra: No sacar del vehículo objetos o partes del cuerpo mientras está en movimiento, evitar viajar en espacios destinados para carga, arrojar basura a la vía pública o provocar ruido excesivo con el motor o bocina.

 

En los carriles centrales, muchos conductores suelen cambiar de carril de manera repentina, sin medir el riesgo.

Pero el reglamento es claro: los cambios deben hacerse de manera escalonada, está prohibido rebasar por la derecha y siempre se debe mantener una distancia mínima de tres segundos respecto al vehículo de adelante. Y para sorpresa de muchos, el uso de las direccionales no es opcional, es obligatorio.

Lo que pocos saben es que la mayoría de estas obligaciones están sujetas a multas que van de 565 a mil 131 pesos. Pero hay infracciones que pueden superar los 2 mil pesos. Por ejemplo, obstruir el paso de vehículos de emergencia o circular detrás a fin de evitar el tráfico.

También está prohibido remolcar o empujar otro vehículo si no es una grúa autorizada, a menos que obstruya totalmente la circulación. Si se incurre en estas situaciones las multas van de mil 131 pesos a 2 mil 262 pesos.

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