Proponen aumento de penas para feminicidio de 40 a 70 años de prisión en México 

La titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Ernestina Godoy, presentó la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, propuesta que busca homologar los protocolos de investigación en México, garantizando la investigación del delito, endurecer las penas y que los casos se investiguen bajo perspectiva de género.

 

“Hablar de feminicidio no solo es hablar de cifras o de normas jurídicas, es hablar de vidas que fueron arrebatadas y de una deuda histórica en materia de investigación y acceso a la justicia a las mujeres y familias víctimas de este flagelo social. Combatir las violencias contra las mujeres es una lucha permanente en las que podemos converger las instituciones del estado, las colectivas feministas, académicas y organizaciones de la sociedad civil”, señaló Godoy.

La propuesta establece homologar en todo el país el tipo penal del feminicidio, el cual considera que todo caso donde una mujer tenga una muerte violencia se investigue de oficio, así como la forma de investigar y las agravantes, deberá llevarse el proceso bajo el protocolo de perspectiva de género.

 

 

Al reconocer el feminicidio como una grave violación a los derechos humanos, el Estado Mexicano tendrá la obligación de implementar respuestas estructurales en materia legislativa, de procuración de justicia y políticas públicas.

 

• La propuesta impulsa homologar el tipo penal.

  • Se reconocen 9 razones como signos de violencia sexual, prejuicios.
  • Pena de 40 a 70 años de prisión.
  • Multas económicas de mil a 2 mil en Unidades de Medida y Actualización (UMA).
  • 21 agravantes. Que la victima sea niña, adulta mayor, con discapacidad, que sea asesinada frente a sus hijos.
  • La propuesta reconoce nueve razones de género para que se acredite el delito.
  • Signos de violencia sexual, lesiones degradantes, antecedentes de violencia, relaciones de poder o subordinación, incomunicación de la víctima, estado de indefensión o exposición del cuerpo.
  • Homologar los protocolos de investigación en el país
  • Toda muerte violenta de una mujer sea investigada bajo la hipótesis de feminicidio. Para incorporar de manera obligatoria la perspectiva de género en cada etapa del proceso.
  • El delito de feminicidio se investigará de oficio
  • El ejercicio de la acción penal y la reparación del daño son imprescriptibles

 

Responsabilidad del feminicida

  • Perderá derechos sucesorios respecto a propiedades, bienes, derechos
  • Perderá la patria potestad de pleno derecho respecto de hijos e hijas.
  • Perderá la tutela, la curatela, guardia y custodia de aquellas personas de quien se tenga legitimo derecho
  • Quedará sin acceso a beneficios legales o patrimoniales relacionados directa o indirectamente con la víctima o sus familiares.

 

 

La iniciativa también obliga a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías estatales a contar con unidades especializadas con personal certificado y capacitado en investigación criminal, así como la atención a víctimas y medidas de protección, garantizando la continuidad de las investigaciones sin interrupciones por cambios de turno.

 

Derechos de las víctimas:

  • Acceso a la verdad y la justicia: Las víctimas tienen derecho a conocer la verdad sobre los hechos y a que se haga justicia.
  • Atención médica y psicológica de urgencia: Este derecho se extiende tanto a las personas sobrevivientes como a las víctimas indirectas.
  • Asistencia jurídica especializada y gratuita: Las víctimas pueden acceder a servicios legales sin costo.
  • Seguridad social para niñas, niños y adolescentes en orfandad: Quienes quedan en orfandad por estos delitos tienen derecho a protección social.
  • Restitución o entrega del cuerpo de manera digna, respetuosa y asistida: Cuando procede, el cuerpo de la víctima debe ser entregado en condiciones que respeten su dignidad.
  • Servicios de traducción: Se deben facilitar servicios de traducción y otros apoyos para asegurar el acceso a la justicia.

 

Reparación integral del daño

La reparación del daño causado por el delito debe cumplir con las siguientes características:

  • Ser transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional.

 

“Cualquier muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio. Eso va a obligar a cualquier Ministerio público a declarar ´se suicidó´, hay muchos casos, hay muerte violenta, hay que investigar como feminicidio, después de la investigación si las pruebas dicen que fue suicidio, se cambia (el delito). Lo segundo es lo que la Fiscalía llama turno continuado, es como si la flagrancia continúa del caso”, destacó la presidenta Sheinbaum al subrayar que el objetivo es erradicar la violencia contra las mujeres.

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