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Deudores alimentarios no podrán tramitar licencia de conducir en Querétaro

Redacción

Las personas inscritas como deudoras alimentarias no podrán obtener una licencia de conducir en Querétaro, tras una reforma al Reglamento de la Ley de Tránsito del estado.

La modificación fue publicada el 21 de agosto en el periódico oficial del Gobierno estatal, La Sombra de Arteaga, y entró en vigor al día siguiente.

Con la reforma al artículo 140, quienes soliciten una licencia deberán presentar el Certificado de No Inscripción emitido por el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.

El documento puede generarse gratuitamente mediante el portal del Registro Nacional, administrado por el Sistema Nacional DIF.

La disposición deriva de una reforma federal en materia de pensiones alimenticias, la cual contempla que las autoridades de los tres órdenes de gobierno puedan solicitar este certificado en diversos trámites, entre ellos la expedición de licencias y permisos para conducir.

De esta manera, quienes aparezcan inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias no podrán cumplir con los requisitos necesarios para obtener la licencia en Querétaro.

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