En abril es la declaración anual al SAT

Por Alejandra Hernández

A partir del 1 al 30 de abril los contribuyentes registrados ante el Servicio de Administración Tributaria deben rendir su declaración anual, quienes están obligado a son aquellas personas físicas que obtienen ingresos a través de servicios profesionales (honorarios) que realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como los asalariados con dos o más fuentes de ingreso, así lo dio a conocer la Encargada de Administración Desconcentrada del SAT en Querétaro, Ivonne King.

Para declarar sólo se necesita la contraseña la cual puede ser obtenida a través del mismo portal; en este sentido se indicó que este año brinda a los contribuyentes una propuesta de declaración que únicamente tienen que revisar, acepta y enviar, por lo que se indicó este año la información viene precargada por lo cual no es necesario pedir al patrón la constancia a ingresos.

“Es importante señalar que los asalariados que únicamente tengan ingresos por este rubro y que son importar el monto no están obligados a presentar su declaración, salvo que ellos deseen hacerla, al igual que los asalariados tengan ingresos por intereses y no sobrepase los 20 mil pesos pueden optar por no hacerlo”

Se informó que a nivel nacional en el año 2017 fueron presentadas 7.4 millones de declaraciones lo que representó un incremento del 106 por ciento en comparación al año 2012.

Durante este mes de abril la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria en Querétaro instalará módulos de atención a contribuyentes en un horario de 8 de la mañana a 4 de la tarde esto en instalaciones de esta dependencia ubicada en la calle Allende en el Centro Histórico, las asesorías para como presentar la declaración anual puede ser en dos modalidades de manera directa donde a espera ofrecer 200 mil citas durante el mes, o bien bajo la modalidad de orientación colectiva donde se espera atender a más de 245 mil contribuyentes, para recibir la atención esta debe ser solicitada a través del portal del SAT.

 

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