Pide Defensoría de Derechos Humanos despenalizar el aborto en Querétaro

  • Redacción

La Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro hace un llamado, para que en apego a sus funciones y desde el respeto a la autonomía de los poderes del Estado, se lleven a cabo las acciones necesarias para la despenalización del aborto en su concepción absoluta, se adopten los preceptos constitucionales y convencionales ya definidos, y a partir de ello se contruya el andamiaje institucional necesario para la generación de políticas públicas orientadas a garantizar la libertad reproductiva de todas las mujeres.

Indica que se debe reconocer que en el estado de Querétaro la legislación en la materia no está alineada a los preceptos de interpretación constitucional determinados por la SCJN ni a las posturas convencionales de los tratados internacionales signados por nuestro país, lo que supone la violación de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en nuestro estado.

“La agenda de los derechos humanos está en constante evolución y debemos recordar que es obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos, por lo que nunca es tarde para realizar las acciones necesarias para cumplir con este deber constitucional”.

El 28 de septiembre, una fecha particularmente significativa por haber sido elegida por el propio movimiento feminista internacional para conmemorar la lucha por sus derechos sexuales y reproductivos, es una ocasión perfecta para recordar que en Querétaro existen pendientes por atender y que debemos de partir del más amplio acuerdo político e institucional para comenzar a subsanarlos.

En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad, en su acción de inconstitucionalidad 158/2017 publicada en septiembre de 2021, que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres sin enfrentar consecuencias penales.

La SCJN entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres a la libertad reproductiva, por lo que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional.

La libertad reproductiva, en su vertiente específica del derecho a decidir, implica que no corresponde al Estado conocer o evaluar las razones para continuar o interrumpir su embarazo ya que pertenecen a la esfera de intimidad de la mujer y pueden ser de la más diversa índole, lo que comprende razones médicas, tanto físicas como psicológicas; económicas, familiares, sociales, entre otras.

La resolución que por unanimidad alcanzó la SCJN coincide plenamente con la convencionalidad definida en los distintos organismos internacionales de Derechos Humanos. Por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) recomendó a México eliminar las sanciones penales a mujeres y niñas que se someten a un aborto y a proveedores de servicios médicos que las asistan en ello, dado que tales sanciones obligan a las mujeres y niñas a recurrir al aborto en condiciones poco seguras.

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